En este artículo te mostramos cómo podemos comprar productos lácteos de origen español.
El etiquetado de la leche y productos lácteos nos aporta una información muy valiosa, ya que desde la entrada en vigor del Real Decreto 1181/2018 es obligatorio que en estos productos se indique el origen de la leche o de transformación. Esta información aumenta la transparencia y facilita al consumidor su derecho a la elección de productos españoles. |
![]() |
![]() |
¿En qué productos debe indicarse el origen? ► Leche de todas las especies de abasto: Se indicará el “País de ordeño”
► Productos lácteos: Queso, requesón, mantequilla, pastas lácteas para untar, yogur, kéfir, nata. Se indicará “País de transformación”, siempre que:
· El porcentaje de leche sea superior al 50% expresado en peso, respecto al total de ingredientes.
· Sean elaborados en España y se comercialicen en territorio español.
|
Cuando el país de origen y de transformación coincide, se indica “Origen de la leche”
En caso que el etiquetado indique como origen: UE, estará diciéndonos que la leche no se ordeñó en España o se trata de un producto lácteo no transformado en España.
Excepciones:
· Quesos transformados en otros países que en España se manipulen (por ejemplo, un queso italiano que en España se troca y envasa)
· Quesos fundidos, ya que proceden de otros quesos
· Cuñas de queso en mostradores de charcutería que cortan a petición del cliente.
¿Hasta cuando deberá de indicarse el origen de estos productos?
Esta indicación será obligatoria hasta el 22/01/2025, pudiendo ampliarse.
Algunos ejemplos de etiquetas:


Comentar